Arias Ahijado, Jesús- 4
Arranza Atasio, Irene - 4
Barrio Tielas, Noemí - 4
Barroso López, José Manuel - 4
Casado Sotoca, Javier - 4
Cereijo Sánchez, Leticia Noa - 4
Jaber Ávila, Hani - 4
Martín Román, Gonzalo - 4
Merlo Mellado, Carmen - 4
Montón Caño, María Edel - 4
Neri Pérez, Laura - 4
Sánchez Rodriguez, María Teresa - 4
Taus Jiménez, Ignacio - 5
3 comentarios:
Pero esto que es, una broma?
Esque el resto de alumnos que nos hemos dejado la piel al igual que este compañero en hacer el examen no tenemos derecho a saber que nota merece nuestro proyecto más alla de que damos por hecho que hemos suspendido? Estamos todos suspendidos por igual? Se supone que a través de este comentario tenemos que aprender algo? O simplemente es la forma más fácil de quitarnos de en medio sin una explicación. No tenemos ni siquiera derecho a revisión de examen?
Yo personalmente cada entiendo menos de la forma de enseñar arquitectura en esta Escuela.
Todas las reclamaciones antes planteadas son un derecho de los estudiantes reflejado en los siguientes puntos del REGLAMENTO DE ÉXAMENES DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
TITULO III. DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 11. Publicación de las calificaciones
1. Antes o durante la realización del examen el profesor señalará el lugar y día en el que se publicarán las calificaciones. Si por cualquier motivo no pudieran publicarse el día previsto, habrá de indicarse una nueva fecha de publicación.
2. Las calificaciones finales estarán disponibles en la página Web y podrá hacerse pública una copia a través de los tablones de anuncios. En ambos casos se respetará la normativa de protección de datos.
Artículo12. Revisión de exámenes
1. El estudiante tiene derecho a la revisión de exámenes, que deberá realizarse en el mismo campus en donde tuvo lugar el examen. La revisión consistirá en una nueva valoración de los aspectos en los que exista discrepancia del contenido de las respuestas del alumno a la prueba o pruebas a las que se sometió, sin que en ese acto pueda tenerse en cuenta ningún elemento o aportación distinta a los que motivaron la calificación. Será posible sea cual fuera la calificación obtenida y se realizará por un profesor que haya participado en la calificación de la prueba a revisar. En supuestos de causa justificada, podrá realizarse por otro profesor del área.
2. En el momento en el que se dé publicidad a las calificaciones se fijará la fecha, hora y lugar de revisión, que deberá realizarse en el plazo comprendido entre los dos y los cinco días hábiles a contar desde la publicación.
Sin duda, todos los alumnos suspensos, sea el número que sea, tienen derecho a una revisión
Publicar un comentario